LIBARDO PINTO LISCANO - ALCALDE DE ALGECIRAS HUILA.
POR:
Fernando Perdomo Garcia.
DEL CNP - COLEGIO NACIONAL DE PERIODISTAS y www.huiladigitalnoticias.com
Desde las CINCO ( 5 ) de ésta Mañana, empezó a REGIR el DECRETO No.048 Emanado por el Alcalde Municipal LIBARDO PINTO LISCANO, donde el Artículo 202, que es Competencia Extraordinaria de Policía de los Gobernadores y los Alcaldes, ante situaciones de EMERGENCIA y CALAMIDAD.
Ante estas Situaciones Extraordinarias que amanecen o afecten gravemente a la Población y con el Propósito de prevenir el RIESGO o Mitigar los efectos de desastres, epidemias, calamidades, situaciones de inseguridad disminuir el impacto de sus posibles Consecuencias, , éstas Autoridades en su respectivo Territorio, PODRAN ORDENAR las siguientes medidas, con el único fin de Proteger y auxiliar a las Personas y evitar perjuicios mayores.
De esta manera, el Mandatario de los Algecireños a través del DECRETO No.048 de 2.020 DECRETA:
LIMITAR: la apertura y funcionamiento de los Establecimientos abiertos al público pertenecientes a las EXCEPCIONES contenidas en el DECRETO NACIONAL 457 de 2.020, tales como Centros de Insumos Agropecuarios, Farmacias, Supermercados, Tiendas, Entidades Financieras, Montallantas, Estaciones de Suministro de Combustibles, Plaza de Mercado y Similares, en el Horario Comprendido entre las CINCO ( 5 ) de la Mañana a las DOCE ( 12 ) del Medio día.
La presente medida es EFECTIVA desde el día TRES ( 3 ) de Abril y hasta el TRECE ( 13 ) del mismo mes de 2.020 a las 00: 00 HORAS.
Es importante Indicar, que solo en Eventos de Urgencias y de manera Excepcional, las Estaciones de Servicio de Suministro de Combustibles podrán prestar Servicios a las Entidades de búsqueda y rescate, ESE Municipal de Algeciras, Fuerzas Públicas y Administración Municipal en Horarios distintos a los establecidos en el Artículo Primero.
También, se Ordena la SUSPENSIÓN de Reuniones, Aglomeraciones, Actividsdes Económicas, Sociales, Cívicas, Religiosas o Políticas, entre otras, sean éstas Públicas o Privadas. Ordenar medidas restrictivas de MOVILIDAD de Medios de Transporte o Personas, en la Zona afectada o de influencia, incluidas las de Tránsito por los Predios Privados.
Por otro lado, HOY se continuará con el Pago de Familias en Acción, para todas aquellas que Cumplieron los Compromisos por los Períodos de Verificación Octubte - Noviembre de 2.020 y le Corresponde a las Cédulas TERMINADAS en CINCO ( 5 ).
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